| Traemos a esta sección algunas Ordenanzas
de la Feria de Abril que nos han parecido interesantes para aquellos que visitan el
recinto ferial: |
Se
prohíbe el acceso de caballos y enganches a los acerados y vias peatonales del recinto. No se
permitirá el acceso al recinto ferial de caballistas, propietarios o cocheros, que no
vayan vestidos de forma tradicional conforme al tipo de enganche que guíen, o montura que
usen. En los enganches, los cocheros y ayudantes, deberán ir con igual vestimenta. Los
animales de tiro o montura, deberán de estar herrados con patines, o herraduras vídias,
o de cualquier otro tipo de material antideslizante homologado y permanecer en el Real de
la Feria en salud. Los inspectores veterinarios que estén desarrollando sus funciones en
el recinto, denunciarán a la Autoridad competente el estado físico de aquellos animales
que no debieran permanecer en el recinto ferial, procediéndose a su expulsión,
inmovilización o retirada en caso de muerte. Queda
prohibido el amarre de cualquier tipo de animal a casetas, farolas, árboles, protectores,
señales de tráfico, o cualquier otro elemento fijo o movible susceptible de utilización
para este uso, debiendo permanecer siempre a la mano de una persona competente. Sólo
se podrá enganchar ganado caballar y mular, quedando prohibido la utilización de asnos. El número máximo de
animales permitidos en un enganche será de tres en fondo (potencia) y un máximo de tres
cuerpos en prolongación. Los
caballos de paseo y los enganches, evolucionarán en el recinto ferial, al paso o al trote
reunido, prohibiéndose los movimientos al galope. Los
enganches deberán ser guiados por un cochero, y asistido por acompañante, debiendo ser
ambos mayores de edad. Cuando se enganchen tres o más caballos siempre deberá llevar
acompañante. En caso de permanecer parado, en el enganche deberá quedar el cochero o el
ayudante o acompañante en el pescante, con el control de los animales a excepción de los
enganches en limonera que podrán ser guiados por un cochero. Los
caballistas, propietarios, cocheros, ayudantes o acompañantes, deberán montar y guiar
respectivamente, cubiertos de acuerdo con las vestimentas que lleven, prestando
importancia especial al calzado, que ha de ser el apropiado, estando prohibida la
utilización de zapatillas deportivas, o cualquier tipo de calzado inadecuado. Se
prohíbe el alquiler de caballos para el paseo, tanto en el interior del recinto ferial
como en las inmediaciones del mismo, siendo sancionados y desalojados inmediatamente del
recinto. Los coches de caballos de servicio público con licencia expedida por el Ayuntamiento de Sevilla, únicos autorizados para ejercer este tipo de actividad dentro de los límites de la Ciudad, se regirán por las mismas normas que los demás enganches, a excepción de lo referente al seguro, tasas, e inspecciones, que se regularán por las normas específicas establecidas para este colectivo, debiendo utilizar los cocheros como vestimenta, su uniforme específico.
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Julio Domínguez Arjona
tiene publicadas en internet varias páginas dedicadas a la Feria de Abril y que conviene
visitar: |
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PARA NO HACER EL RIDICULO EN LA FERIA |

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